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A1 o A2: qué moto puedes manejar con cada licencia (y cuál te conviene sacar)

6 min de lectura
A1 o A2: qué moto puedes manejar con cada licencia (y cuál te conviene sacar)

La diferencia está en el cilindraje. Qué cubre cada una, por qué casi todo el mundo termina necesitando la A2, qué pasa con la licencia de carro y cuál sacar si vas a trabajar como domiciliario.

Si vas a sacar licencia de moto, la primera decisión es esta: A1 o A2. La mayoría de la gente la toma mal, porque elige por el precio del curso y no por la moto que va a manejar. Esto es lo que necesitas saber para no pagar dos veces.

La diferencia en una línea

La única diferencia entre las dos es el cilindraje de la moto:

LicenciaQué permite conducirServicioEdad mínima
A1Motocicletas hasta 125 c.c.Particular16 años
A2Motocicletas, motociclos y mototriciclos de más de 125 c.c.Particular16 años

Las define el Ministerio de Transporte por mandato del artículo 20 de la Ley 769 de 2002 (hoy en el artículo 5.2.1.4 de la Resolución 20223040045295 de 2022). No hay una tercera opción: toda licencia de moto es A1 o A2, y la misma norma dice que las motos se conducen «indispensablemente» con una de las dos.

La A2 incluye a la A1

Esto es lo primero que hay que tener claro: la A2 cubre también todo lo que cubre la A1. Quien tiene A2 puede manejar una moto de 100 c.c. sin problema.

Al revés no funciona. Con A1 no puedes manejar una moto de 150 c.c., aunque la diferencia parezca mínima. Si te detienen, es la misma infracción que conducir sin licencia para esa categoría.

Por qué casi todo el mundo necesita la A2

Mira el cilindraje de las motos más vendidas en Colombia: la gran mayoría están por encima de 125 c.c. Las de trabajo (150, 160, 200 c.c.), las de uso mixto y prácticamente todas las que se compran "para salir de la ciudad" quedan fuera de la A1.

La A1 sirve para:

  • Motos de bajo cilindraje (100, 110, 125 c.c.)
  • Uso estrictamente urbano
  • Quien tiene claro que no va a cambiar de moto en años

El problema típico es este: alguien saca la A1 porque la moto que tiene hoy es de 125 c.c. Al año cambia de moto por una de 150. Y ahí tiene que hacer otro curso completo para la A2: la resolución que fija las horas de los cursos (20223040009425 de 2022) define cursos cortos de recategorización para camiones y buses, pero no de A1 a A2. Toca el curso de A2 entero.

La recomendación honesta: si hay alguna posibilidad de que termines en una moto de más de 125 c.c., saca la A2 desde el principio. La diferencia entre los dos cursos (siete horas de práctica y unos $44.000 en el mínimo del rango oficial) es mucho menor que hacerlo dos veces.

¿Puedo manejar moto con la licencia de carro?

No. Es la duda más frecuente y la respuesta es clara: la licencia B1 (carro particular) no habilita para moto. Son categorías distintas, con curso y examen distintos.

Si tienes B1 y quieres moto, tienes que hacer el curso de A1 o A2 y pedir que agreguen la categoría a tu licencia. Lo único que te ahorras es el examen médico, si el que hiciste para la B1 sigue vigente en el RUNT (vale seis meses).

Tampoco funciona al revés: con A2 no puedes manejar carro. Lo explicamos completo en las categorías de licencia en Colombia.

Motocarros, mototriciclos y cuatrimotos

Aquí hay una trampa que sorprende a mucha gente:

  • Mototriciclos y motociclos de más de 125 c.c. → A2
  • Motocarros y cuatrimotos → B1, no A2

Sí, leíste bien: el motocarro (la moto de tres ruedas con carrocería de carga) está en la categoría B1 junto con los automóviles. Si lo vas a usar para trabajar, la licencia que necesitas es la de carro.

Si vas a trabajar como domiciliario o repartidor

La pregunta real no es qué licencia sino qué moto vas a usar. Casi todas las motos que se usan para domicilios están entre 125 y 200 c.c., así que en la práctica la respuesta es A2.

Además:

  • Las plataformas de domicilios piden licencia vigente y de la categoría correcta. Con A1 y una moto de 150 c.c. te rechazan la cuenta o te la cierran después.
  • El SOAT y la revisión técnico-mecánica de la moto deben estar al día. Sin eso no te aceptan aunque la licencia esté perfecta.

Qué necesitas para sacarla

Los requisitos son los mismos para A1 y A2:

  1. Tener 16 años cumplidos (artículo 19 de la Ley 769; no pide autorización de los padres). Si la sacas antes de los 18, al cumplirlos tienes que cambiarla por la de cédula, sin exámenes.
  2. Estar inscrito en el RUNT. Lo explicamos en cómo inscribirte en el RUNT.
  3. Examen médico en un CRC registrado (vale seis meses).
  4. Hacer el curso en una escuela registrada en el RUNT, que incluye teoría, taller y práctica en moto.
  5. Presentar y aprobar los exámenes teórico y práctico, hoy en la misma escuela (el esquema de los CALE quedó suspendido en agosto de 2026).
  6. Pagar la expedición en el organismo de tránsito.

El curso de A2 tiene más horas de práctica que el de A1, porque la moto de mayor cilindraje exige más control: A1 son 36 horas (25 de teoría, 3 de taller y 8 de manejo) y A2 son 43 (25, 3 y 15), según la Resolución 20223040009425 de 2022. Es la única diferencia en el proceso.

Cuánto cuesta

Son cuatro pagos separados: la inscripción en el RUNT (solo la primera vez), el examen médico, el curso y la expedición. El curso tiene rango oficial (Resolución 20243040003125 de 2024, con la UVB de 2026): A1 entre $434.022 y $781.216; A2 entre $477.740 y $911.883. El examen médico va de $225.500 a $248.400 y la expedición de licencia de moto en Bogotá, 2026, es de $272.700. Lo desglosamos en cuánto cuesta la licencia en 2026.

En resumen

  • A1: motos hasta 125 c.c. A2: de más de 125 c.c.
  • La A2 incluye a la A1; al revés no
  • Cambiar de A1 a A2 después es otro curso completo
  • La licencia de carro no sirve para moto
  • Motocarros y cuatrimotos van por B1
  • Para domicilios, en la práctica: A2

¿No sabes cuál sacar? Decide con la moto que vas a tener, no con la que tienes hoy. Cuando lo tengas claro, compara las escuelas de Bogotá y pregunta el precio de A1 y A2.

Última actualización: 19 de octubre de 2026. Fuentes: Ley 769 de 2002, art. 19 y 20; Resolución 20223040045295 de 2022, art. 5.2.1.4 a 5.2.1.6 (categorías, equivalencias, cambio a los 18); Resolución 20223040009425 de 2022 (horas del curso) y 20243040003125 de 2024 (rango de precios); tarifas 2026 de trámites de la Alcaldía de Bogotá. Se actualiza cada enero.

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